9 septiembre 2026 Destacadas

La Audiencia Nacional mantiene la suspensión cautelar de la guía de indicación enfermera para las ITU

La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso presentado por la Abogacía del Estado contra el auto que acordó la suspensión cautelar de la Guía para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica por parte de las enfermeras y enfermeros en las infecciones del tracto urinario inferior no complicadas en mujeres adultas.

La decisión mantiene, por tanto, la suspensión cautelar acordada el pasado 12 de enero de 2026, a raíz del recurso contencioso-administrativo promovido por el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos de España contra la Resolución de 9 de agosto de 2024 de la Dirección General de Salud Pública y Equidad en Salud.

Dicha resolución, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 19 de agosto de 2024, validó la guía para la indicación, uso y autorización de dispensación por parte de enfermeras y enfermeros de determinados medicamentos sujetos a prescripción médica en casos de infección del tracto urinario inferior no complicada en mujeres adultas.

Según la información trasladada por el presidente de la Organización Médica Colegial (OMC), Dr. Tomás Cobo, la Audiencia Nacional ha rechazado el recurso de la Abogacía del Estado y mantiene la medida cautelar por tres motivos principales.

En primer lugar, el tribunal considera que el auto recurrido no anticipa la decisión que deberá adoptarse sobre el fondo del litigio, sino que se limita a recoger circunstancias que considera objetivamente constatables, entre ellas que hasta el momento la legislación vigente ha atribuido a los médicos el ejercicio de la competencia objeto de controversia.

En segundo lugar, respecto a los posibles perjuicios derivados de la suspensión, la Sala mantiene la primacía de la protección de la salud y rechaza que resulte necesario esperar a que se produzca un daño efectivo en las pacientes para poder aportar indicios sobre los posibles efectos negativos de la medida impugnada.

Finalmente, de acuerdo con la información trasladada por la OMC, la Audiencia Nacional considera que la Administración no ha acreditado un perjuicio tangible para los intereses generales que justifique levantar la suspensión. En cuanto a la posible presión adicional sobre los servicios de Urgencias, el tribunal señala que esta cuestión debe abordarse mediante la adecuada dotación de medios para la prestación del servicio.

La decisión supone que la guía continúa suspendida cautelarmente mientras se resuelve el procedimiento judicial.

La resolución conocida ahora tiene carácter cautelar y no supone un pronunciamiento definitivo sobre el fondo del litigio ni determina de forma definitiva la delimitación de las competencias profesionales objeto de controversia. Esta cuestión deberá resolverse en la correspondiente sentencia.

La Audiencia Nacional acordó inicialmente la suspensión cautelar de la guía mediante auto de 12 de enero de 2026, medida que continúa vigente tras la desestimación del recurso de la Abogacía del Estado.

Compartir

Ir a Arriba